Auto mediante el cual esta Corte a fin de preservar los derechos de las partes y, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva prevista en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ORDENA notificar a la PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA, a los fines de que informe a esta Corte en un lapso de diez (10) días de despacho a partir de la notificación, sobre su interés en continuar el proceso de expropiación mediante el cual se afectó el inmueble propiedad del ciudadano ARMIN BARRIGTON CAMERON BAPTISTA, para la construcción de la obra: "Foro Libertador" y Obras de Renovación Urbana, luego de haber concluido el lapso, esta Corte dictará la decisión correspondiente.