La Corte se declaró COMPETENTE para conocer del recurso de apelación ejercido; que declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional; CON LUGAR la apelación ejercida; y ORDENA al Juzgado que conoce de la causa, dar validez al escrito de correcciones solicitado a través del ´despacho saneador´ y, revise las causales de inadmisibilidad contempladas en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.