En esta misma fecha, esta Corte dictó decisión, mediante la cual declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer de la Consulta de Ley prevista en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la sentencia dictada en fecha 22 de febrero de 2012, por el Juzgado Superior en lo Civil, Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el Abogado Marcos Goitia, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JOSÉ RAFAEL GARCÍA, contra la COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICÍA DEL ESTADO APURE. 3. REVOCA el fallo dictado en fecha 22 de febrero de 2012, por el mencionado Juzgado Superior. 4. INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.