Decisiones del dia 01/07/2015
N° Expediente :
AW42-X-2013-000066
N° Sentencia :
2015-0602
Fecha: 01/07/2015
Procedimiento: Demanda De Nulidad Con Amparo Cautelar
Partes: INDUSTRIA LÁCTEA TORONDOY, C.A. CONTRA LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI), HOY CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR (CENCOEX).
Resumen:
Esta Corte declaró IMPROCEDENTE la medida de suspensión de efectos solicitada por la Sociedad Mercantil INDUSTRIA LÁCTEA TORONDOY, C.A., representada judicialmente por los Abogados José Rafael Márquez, José Andrés Octavio y Norma Márquez, contra la Resolución S/N de fecha 5 de febrero de 2013, dictada por la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI), hoy CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR (CENCOEX), mediante la cual ordenó a la aludida empresa, efectuar el "REINTEGRO TOTAL DE LAS DIVISAS, SEGÚN FORMA: GOC-DCI-01 EMITIDA POR EL BCV, POR EL MONTO DE USD 292.500,00. POR INCUMPLIMIENTO DEL ARTICULO (sic) Nº 15 DE LA PROVIDENCIA Nº 108¿".
Juez/Ponente:
Freddy Vásquez Bucarito
Organo:
Corte Segunda
N° Expediente :
AP42-G-2012-000552
N° Sentencia :
2015-0604
Fecha: 01/07/2015
Procedimiento: Demanda De Nulidad
Partes: MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL CONTRA EL INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS), HOY DÍA, SUPERINTENDENCIA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIOECONÓMICOS (SUNDDE).
Resumen:
Esta Corte declaró: 1.- CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por la entidad bancaria MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, representada judicialmente por los abogados Rafael Badell Madrid, Nicolás Badell Benítez, María Verónica Bastos Pargas y María Valentina Villavicencio El Darjani, contra la Providencia si número dictada por el Presidente del INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS), actual, SUPERINTENDENCIA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIOECONÓMICOS (SUNDDE), en fecha 28 de enero de 2011, mediante la cual sancionó a la referida institución financiera con multa de Trescientas Unidades Tributarias (300 U.T.), por la supuesta trasgresión de los artículos 18, 19 y 78 de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios. 2.- SE ANULA el acto administrativo impugnado.
Juez/Ponente:
Freddy Vásquez Bucarito
Organo:
Corte Segunda