Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1.- QUE ES COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de octubre de 2010, por la abogada Zurima Hernández Guzmán, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante (FUNDACARACAS), contra la sentencia dictada el día 7 de octubre de 2010, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, 2.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de octubre de 2010, por la abogada Zurima Hernández Guzmán, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante (FUNDACARACAS), contra la sentencia dictada el día 7 de octubre de 2010, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital. 3.-Se REVOCA la decisión Apelada, 4.- INADMISIBLE por extemporánea la oposición formulada.