Decisiones del dia 06/02/2014
N° Expediente :
AP42-N-2009-000438
N° Sentencia :
2014-0179
Fecha: 06/02/2014
Procedimiento: Querella Funcionarial. Consulta.
Partes: JOSÉ GREGORIO LAYA ACOSTA CONTRA LA ALCALDIA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS.
Resumen:
Se dictó decisión en la cual esta Corte declaró: Su COMPETENCIA para conocer de la consulta prevista en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, del fallo dictado por el por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, dictado en fecha 15 de diciembre de 2008, mediante la cual declaró Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los Abogados Franklin Rojas y Omaira Magallanes, respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano JOSÉ GREGORIO LAYA ACOSTA, contra la POLICÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, Institución esta que hoy en día se encuentra bajo la administración, dirección y funcionamiento del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ. REVOCA la sentencia objeto de consulta.SIN LUGAR el recurso interpuesto.
Juez/Ponente:
Marisol Marín Rodriguez
Organo:
Corte Primera
N° Expediente :
AP42-R-2011-000636
N° Sentencia :
2014-0178
Fecha: 06/02/2014
Procedimiento: Querella Funcionarial. Apelación.
Partes: HÉCTOR ENRIQUE ROJAS, LEOMAR JOSÉ RODRÍGUEZ, MARTÍN RAMÓN MOREY, ROBERT ALEXANDER ARISMENDI, OSWALDO JOSÉ LÓPEZ, ALBERT ANTONIO ROJAS, LESTER JOSÉ SALAZAR, RICHARD JOSÉ LINARES, ROBERTH ALBERTO NORIEGA, JUAN JOSÉ MATA, LUIS ENRIQUE CORTÉZ, DALIA JOSEFINA GUAREGUA, CARLOS VICENTE BALAGUER... CONTRA EL INSTITUTO NEOESPARTANO DE POLICÍA DEL ESTADO NUEVA ESPARTA (INEPOL).
Resumen:
Esta Corte declaró: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por el Apoderado Judicial de los recurrentes; INOFICIOSO emitir un pronunciamiento en relación al recurso de apelación interpuesto; ANULA por orden público el fallo apelado; INADMISIBLE el recurso incoado; y SE ADVIERTE que aquellos ciudadanos que actuaron como recurrentes en la presente causa, podrán interponer nuevamente y en forma individual, sus recursos contra el Instituto Neoespartano de Policía (INEPOL), tomando como inicio para el cómputo del lapso de caducidad, los tres (3) meses establecidos en el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, contados a partir de la fecha que conste en autos la última de las notificaciones practicadas de la presente decisión.
Juez/Ponente:
Marisol Marín Rodriguez
Organo:
Corte Primera