Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por los Abogados Antonio Canova González, Luis Alfonso Herrera Orellana, Giancarlos Selvaggio Belmonte y Giuseppe Axer Graterol Stefanelli, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 45.088, 97.685, 145.498 y 182.069, respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales de la sociedad mercantil BANCRECER, S.A. BANCO MICROFINANCIERO, contra la Resolución número 079-12, de fecha 24 de mayo de 2012, emanada de la SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO.