En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto en fechas 20 de octubre de 2010 y 30 de marzo de 2011, por la Abogada Hely Galavis, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Procuraduría General del estado Miranda, contra la decisión dictada el 14 de octubre de 2010, por el Juzgado Superior Cuarto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital mediante la cual declaró Parcialmente Sin Lugar, el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano JULIO CESAR CARRILLO MEJIAS, debidamente asistido por el Abogado Santiago José Castro Toise, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MIRANDA, 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido y 3.- Se CONFIRMA el fallo apelado.