La Corte ACEPTA la COMPETENCIA declinada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente, y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad. En consecuencia, ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte, a los fines legales consiguientes.