La Corte declaró QUE ES COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta, contra la sentencia dictada por el Juzgado A quo, en fecha 08 de noviembre de 2007, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial; Se DESESTIMA la impugnación consignada en fecha 24 de noviembre de 2009, por la abogada María Teresa González, actuando en su condición de apoderada judicial del ciudadano Florencio Rodríguez, de "(...) las copias simples cursantes a los folios ciento quince (115) al ciento dieciocho (118) ambos inclusive (...)", se declara CON LUGAR la apelación interpuesta; Se
REVOCA la sentencia apelada, y asimismo, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto. 04