Esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: 1. COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto el 1° de noviembre de 2016, por el abogado Moisés Amado, previamente identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSORA MADEIRA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 13 de abril de 1962, anotada bajo el N° 32, Tomo 12-A; contra la sentencia interlocutoria dictada el 27 de octubre de 2016, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró Improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada en la demanda de nulidad interpuesta en contra de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA (SUNAVI). 2. SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto. 3. CONFIRMA el fallo apelado.