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Decisiones del dia 17/10/2012 |
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N° Expediente :
AW42-X-2008-000022
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N° Sentencia :
2012-2084
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Fecha: 17/10/2012 |
Procedimiento: Medida Cautelar |
Partes: MUNICIPIO GUIACAIPURO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANADA CONTRA PARCELAMIENTO CHACAO C.A. |
Resumen:
Esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: ORDENA notificar a los abogados Carlos Armando Rocha Maldonado y Germán Figueroa, actuando con el carácter de Síndico Procurador del Municipio Guaicaipuro del estado Miranda, el primero, y apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio ut supra mencionado, a la sociedad mercantil Parcelamiento Chacao C.A., del documento presentado en fecha 8 de marzo de 2012, por el abogado Luis Adsel Tortoledo Bolívar actuando en su carácter de apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Guaicaipuro del estado Miranda, mediante el cual se precisan los linderos y las superficie del terreno ubicado en un lugar llamado Boqueron, km. 36 de la carretera panamericana los Teques-Tejerias, Municipio Guaicaipuro del estado Miranda, a los fines de que realicen si así lo consideren pertinente cualquier oposición del referido documento ut supra mencionado.
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Juez/Ponente:
Emilio Ramos Gonzalez
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Organo:
Corte Segunda
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N° Expediente :
AP42-N-2008-000371
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N° Sentencia :
2012-2071
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Fecha: 17/10/2012 |
Procedimiento: Demanda De Nulidad |
Partes: MI PLAN RECÍPROCO MI PLAN S.A. CONTRA EL INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS). |
Resumen:
Esta Corte ordena notificar al Presidente del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), a la sociedad mercantil Mi Plan Recíproco Mi Plan S.A., a la Ministra del Poder Popular del Comercio, así como al Consultor Jurídico del Ministerio del Poder Popular del Comercio, concediéndoles un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fecha en que conste en autos el recibo de la última notificación, para que consignen ante esta Corte copias certificadas del expediente administrativo de la presente causa, en cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión. Igualmente en caso que la información solicitada sea consignada, podría si así lo quisiera la parte contraria impugnar tal información dentro de los cinco (5) días siguientes a que conste en autos la remisión de la información requerida, para lo cual se abrirá, el día siguiente a la impugnación, la articulación probatoria prevista en el artículo 607 C.PC.
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Juez/Ponente:
Emilio Ramos Gonzalez
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Organo:
Corte Segunda
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