La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación contra la sentencia, que declaró IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado conjuntamente con el recurso contencioso administrativo de nulidad; CON LUGAR el referido recurso de apelación, se REVOCA el fallo apelado, y se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo cautelar solicitada, y en consecuencia se suspenden únicamente los efectos de la orden según la cual la parte patronal no puede apelar de la multa que se le impuso, hasta tanto no cancele el valor de la misma.