La Corte declaró DESISTIDA la apelación interpuesta,contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito, De Protección del Niño y Del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar de fecha 16 de marzo de 2006; En consecuencia, queda FIRME la sentencia apelada.