Decisiones del dia 19/12/2011
N° Expediente :
AP42-G-2008-000077
N° Sentencia :
2011-2002
Fecha: 19/12/2011
Procedimiento: Daños Y Perjuicios
Partes: FIRMA UNIPERSONAL DE JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ BASTIDAS CONTRA LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO ZULIA
Resumen:
Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios interpuesta la apoderada judicial de la FIRMA UNIPERSONAL JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ BASTIDAS, contra la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO ZULIA; y en consecuencia: 1.- PROCEDENTE a favor de la Firma Unipersonal De José Ramón Fernández Bastidas , el pago de la suma total de (Bs. 85.484,78), por la ejecución de las obras relativas a la construcción de la nueva sede de la Contraloría General del Estado Zulia, 2.- PROCEDENTE la solicitud de los intereses moratorios 3.- Se ORDENA la realización de una experticia complementaria del presente fallo, 4.- IMPROCEDENTE, la indexación judicial sobre las cantidades adeudadas; las indemnizaciones por daños y perjuicios; y, las costas del proceso.
Juez/Ponente:
Alejandro Soto Villasmil
Organo:
Corte Segunda
N° Expediente :
AP42-G-1987-008080
N° Sentencia :
2011-0071-CA-B
Fecha: 19/12/2011
Procedimiento: Expropiación
Partes: PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES DAMAMAR, S.A.
Resumen:
Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo Accidental "B", administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) ACOGE el Informe de Avalúo presentado por los peritos designados en fecha 1 de octubre de 2002. 2) FIJA como indemnización a pagar la cantidad Veintisiete Millones Novecientos Un Mil Ciento Trece Bolívares con Sesenta y Nueve Céntimos (27.901.113,68 Bs.), hoy Veintisiete Mil Novecientos Un Bolívares Fuertes con Once Céntimos (Bs. F. 27.901,11). 3) Se ORDENA efectuar la corrección monetaria de la cantidad arrojada por el Avalúo previo, esto es, Veintisiete Millones Novecientos Un Mil Ciento Trece Bolívares con Sesenta y Nueve Céntimos (27.901.113,68 Bs.). Para ello, se ORDENA librar oficio al Banco Central de Venezuela, a fin de que remita en un plazo de (10) días contados a partir de su notificación, los resultados de la aplicación de dicha corrección monetaria a la cantidad señalada, calculada conforme al.....
Juez/Ponente:
Emilio Ramos Gonzalez
Organo:
Corte Segunda