LA CORTE ES COMPETENTE, para conocer de las apelaciones interpuestas en fechas 12 de enero y 14 de febrero de 2005, por los abogados Humberto Simonpietri Luondo, actuando con el carácter de apoderado judicial del querellante, y Lorenzo Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 14.250, actuando con el carácter de sustituto de la Procuraduría General de la República, respectivamente, contra la sentencia dictada en fecha 20 de diciembre de 2004 Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano CARLOS ALBERTO ANDUEZA ACUÑA, titular de cédula de identidad Nº 1.716.361, asistido por los abogados Humberto Simonpietri Luongo y Atilio Agelviz Alarcón, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 2.835 y 4.510, respectivamente, contra la República Bolivariana de Venezu.....