Se dictó decisión a través de la cual esta Corte declaró: 1.- QUE ES COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta. 2.- REVOCÓ la sentencia de fecha 30 de noviembre de 2010, dictada por la Corte de Apelaciones en lo Penal, Responsabilidad Penal de Adolescentes, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas. 3.- ORDENÓ REMITIR el presente expediente a la Corte de Apelaciones en lo Penal, Responsabilidad Penal de Adolescentes, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los fines de que se pronunciara sobre la admisibilidad de la acción y de ser ello procedente, para que llevara a cabo la sustanciación de la causa, como Órgano Jurisdiccional competente para conocer en primer grado de jurisdicción del presente asunto.