La Corte se declaro INCOMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por el abogado Erwin Ramón Genie Loreto, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 64.994, actuando en su carácter de apoderado judicial de AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA C.A., contra la Providencia Administrativa N° 50 de fecha 13 de diciembre de 2000, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, formulada por los ciudadanos Pedro Hernández, Johatan Fonseca, Germán Benítez, Franklin González, Luís Puccio, Omar León, William Moniz, José Luís González, Félix Reyes, José Arismendi, Leomar González, Ulises Sosa, Héctor Alvarado, Domingo Hernández, Ángel Véliz Corro, Lorenzo Maglozzi, José Luís Bogado, Luís Barrios, Nicolás Marín, Jesús Vargas, Arturo Camblor, Leonardo Bustamantes, Gilberto.....