La Corte declaró SU COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta contra la sentencia que declaró Desistido el recurso; declara DESISTIDA la apelación, y ANULA la sentencia dictada en fecha 17 de noviembre de 2005, por el referido juzgado, y en consecuencia, se ordena REPONER la causa al estado que sea fijada nuevamente la audiencia preliminar de conformidad con el artículo 103 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.