Esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: esta Corte observa que no fueron remitidos a este órgano jurisdiccional el referido expediente, con el cual se acordó abrir pieza separada en el Tribunal de la causa, según consta al folio 34 del expediente, ordena al Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, se sirva enviar a este órgano jurisdiccional el expediente administrativo correspondiente, el cual deberá ser remitido dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su notificación, con la advertencia que una vez transcurrido dicho lapso, esta Corte procederá a dictar sentencia con los documentos que consten en autos. 02