La Corte dictamina que CORRESPONDE al Abogado que desempeñe el cargo de Juez del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, dictar el texto íntegro del fallo en la querella funcionarial incoada; ORDENA al Juez del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, dictar el texto íntegro del fallo, SIN MODIFICAR el dispositivo de la decisión dictada en fecha 27 de octubre de 2004.