En la medida cautelar de embargo preventivo de bienes, solicitada por el Municipio Cabimas del estado Zulia, contra la Sociedad Mercantil Construcciones, Servicios y Mantenimiento Camino Nuevo, C.A., (CONSERCANCA) y la Sociedad Mercantil Compañía Anónima de Seguros La Occidental C.A., esta Corte DECRETÓ medida preventiva de embargo sobre bienes muebles de la Sociedad Mercantil Construcciones, Servicios y Mantenimiento Camino Nuevo, C.A., (CONSERCANCA), hasta por la cantidad Bs. 1.448.160,00. Si la medida recayere sobre cantidades líquidas de dinero por la suma de Bs. 758.600. DECRETÓ medida de embargo contra la Sociedad Mercantil Compañía Anónima de Seguros La Occidental C.A., hasta por la cantidad Bs. 1.028.960,00. Si la medida recayere sobre cantidades líquidas de dinero, por la suma de Bs. 548.960,00, ORDENÓ la notificación de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora para determinar los bienes muebles de la Sociedad Mercantil Compañía Anónima de Seguros La Occidental C.A.