En el recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de julio de 2014, por las Abogadas Laura Capechi D. y Luisa G. Yaseli P, actuando con el carácter de Apoderadas Judiciales de la parte recurrente, contra la sentencia dictada en fecha 8 de julio de 2014, por el Juzgado A quo, mediante la cual declaró Inadmisible la exhibición de documentos, esta Corte ordenó al Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, para que dentro de un lapso no mayor a cinco (5) días de despacho, informe sobre el estado actual de la causa principal, siendo que en caso de que hubiera ejercido recurso de apelación contra el fallo dictado el 14 de agosto de 2014, remita a este Órgano Jurisdiccional copia certificada de la referida actuación.