La Corte declaró SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos; ADMITE el recurso; PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada, en consecuencia, se exige al ciudadano CÉSAR RAÚL MATHEUS QUINTERO presentar caución bancaria o de una compañía de seguros por la cantidad de Tres Millones Setecientos Mil Bolívares (Bs. 3.700.000,00), a favor de la República, por órgano de esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, la cual deberá ser presentada en un plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la presente decisión. Advirtiéndose que la no presentación de la caución o fianza dentro del lapso indicado dará lugar a la revocatoria de la medida cautelar acordada; se ORDENA la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte, a los fines de que continúe con el procedimiento de Ley; y se ORDENA abrir cuaderno separado a fin de que.....