En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1. SU COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto en fecha 7/12/2009, por la ciudadana Bárbara Rubio Crespo, asistida por la Abogada Graciela Díaz Sosa, contra la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 31/05/2006, la cual declaró Sin Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana BÁRBARA RITA RUBIO CRESPO, asistida por la Abogada Graciela Díaz Sosa, contra el acto administrativo Nº 041-2005 de fecha 13/09/2005, emanado del INSTITUTO AUTÓNOMO CUERPO DE BOMBEROS DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, 2. Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto y 3. CONFIRMA el fallo apelado.