Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto el ciudadano José Carlos Álvarez Dieguez, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil CENTRAL DE LICORES UNIDOS DE VENEZUELA, C.A. (CELIVECA), contra el oficio Nº PRE-VPAI-CJ-005969, dictado en fecha 6 de marzo de 2012, y el oficio PRE-VPAI-CJ-022073 de fecha 20 de julio de 2011, ambos dictado por la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI), mediante el cual confirmó la negativa de las Solicitudes de Autorización de Liquidación de Divisas (ALD) Nros: 3669515, 3853302, 2975176, 2974859, 2974726, 2699044, 3853738 y 3853485 para la importación de los productos que comercializa la referida empresa.