En la inhibición planteada por la ciudadana Hirda Soraida Aponte actuando con el carácter de Jueza Provisoria del Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, y Municipio Arismendi del estado Barinas, suscitada en el marco del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el Abogado Marcos Goitia, Apoderado Judicial del ciudadano Juan Gabriel González Tovar, esta Corte dictó decisión por medio de la cual declaró: 1. Que es COMPETENTE para conocer la inhibición formulada por la ciudadana Hirda Soraida Aponte 2.- CON LUGAR la inhibición propuesta. 3.- SE ORDENA NOTIFICAR de la presente decisión, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la publicación del presente fallo, a la ciudadana Hirda Soraida Aponte, en su carácter de Jueza Provisoria del Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure.