Esta Corte declaró: 1.- SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, interpuesto por los abogados José Antonio Muci y Verónica Pacheco Sanfuentes, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Números 26.174 y 48.462, respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales de la sociedad mercantil BOLÍVAR BANCO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y el Estado Miranda el 27 de abril de 1992, bajo el Número 44, Tomo 35-A, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Número 086-02 y el Oficio Número SBIF-DAF-00167, de fechas 28 de junio de 2002 y 13 de enero de 2003, respectivamente, emanados de la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS; 2.- SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto. 0.....