Decisiones del dia 29/09/2011
N° Expediente :
AP42-O-2011-000096
N° Sentencia :
2011-1319
Fecha: 29/09/2011
Procedimiento: Acción De Amparo Constitucional
Partes: JUAN ALBERTO ROMERO, NELSON PERNIA Y GLORIA MARÍA GÓMEZ CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL CENTRO DE ESTÉTICA SANDRO, C.A.
Resumen:
Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos JUAN ALBERTO ROMERO, NELSON PERNIA Y GLORIA MARÍA GÓMEZ, asistidos por la Abogada Josunnys Rojas, contra la Sociedad Mercantil, CENTRO DE ESTÉTICA SANDRO, C.A., a los fines de la ejecución de la Providencia Administrativa Nº 50-01, dictada en fecha 14 de marzo de 2001, por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Federal (hoy Distrito Capital), Municipio Libertador, en la que se ordenó el reenganche y pago de salarios caídos de los referidos ciudadanos. 2.- SIN LUGAR la apelación interpuesta. 3.- CONFIRMA, la sentencia dictada por el Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital en fecha 19 de agosto de 2011.
Juez/Ponente:
Alexis Crespo Daza
Organo:
Corte Segunda
N° Expediente :
AP42-N-2007-000507
N° Sentencia :
2011-1306
Fecha: 29/09/2011
Procedimiento: Nulidad Con Amparo/Medida Cautelar. Definitiva.
Partes: JULIO IRIGOYEN GIL CONTRA EL TRIBUNAL DISCIPLINARIO DE LA FEDERACIÓN DE COLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA
Resumen:
Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: DESISTIDO el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de amparo constitucional, por el ciudadano JULIO IRIGOYEN GIL, titular de la cédula de identidad Nº 6.708.574, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 78.399, asistido por la abogada Gladys Gil Campos, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 24.174, contra la decisión dictada el 10/4/2007, por el TRIBUNAL DISCIPLINARIO DE LA FEDERACIÓN DE COLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA, mediante la cual fue suspendido por seis (6) meses del ejercicio profesional de abogado. 2.- CESAN LOS EFECTOS DE LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS acordada mediante decisión N° 2007-02282, de fecha 17/12/2007, en el cuaderno separado signado con el Nº AB42-X-2008-000001, al cual se ordena agregar copia certificada del presente fallo.
Juez/Ponente:
Alexis Crespo Daza
Organo:
Corte Segunda