En el presente recurso esta Corte declaró: 1.- SU COMPETENCIA para conocer la inhibición formulada en fecha 17/6/2015, por el Abogado EMERSON LUÍS MORO PÉREZ, actuando en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Abogado José Argenis Manaure Inagas, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos ALVARO JOSÉ VILLARROEL y JOSÉ GREGORIO MEJÍAS, y otros, actuando como trabajadores de la empresa mercantil SATECA CHACAO S.A., contra el INSTITUTO MUNICIPAL DE AMBIENTE DE CHACAO (I.M.A.C), 2.- SIN LUGAR la inhibición interpuesta y 3.- SE ORDENA NOTIFICAR de la presente decisión, dentro de las (24) horas siguientes a la publicación del presente fallo, al ciudadano Emerson Luís Moro Pérez, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital.