En el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del ciudadano Wilder Barrios, contra el fallo dictado por la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, de fecha 7 de mayo de 2009, mediante el cual declaró Sin Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar innominada, esta Corte dictó decisión por medio de la cual declaró: 1.Su Competencia para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 20 de mayo de 2009. 2.Nulas las actuaciones procesales realizadas por el A quo, por el Juzgado de Sustanciación y por esta Corte desde el 26 de mayo de 2009. 3.Ordena reponer la causa al estado en que el Juzgado Superior ordene y practique la notificación al Procurador. 4.Remitir expediente al Juzgado Superior.