En el recurso de apelación interpuesto en fecha 25 de mayo de 2009, por el Abogado Emilio Pérez, Apoderado Judicial del ciudadano ITALO JOSÉ HERRERA, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 20 de mayo de 2009, que declaró Sin Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto contra el INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO BOLÍVAR, esta Corte dictó auto que ordenó: 1. OFICIAR al Instituto de Salud Pública del Estado Bolívar, para que en el lapso de diez (10) días de despacho siguientes, contados a partir del vencimiento de los seis (6) días continuos que se le conceden como término de la distancia, remita la información solicitada en la motiva de la presente decisión 2. NOTIFICAR al ciudadano Ítalo José Herrera, para que tenga conocimiento de los requerimientos solicitados en el presente fallo y, de así solicitarlo, impugne tales documentales