En el recurso de apelación interpuesto en fecha 22 de junio de 2015 por la parte actora, contra el auto dictado en fecha 17 de junio de 2015 por el Juzgado Superior Cuarto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual declaró Inadmisible los medios de pruebas promovidos en los capítulos VIII, X, XI, XII, XIII, XIV y XV del escrito de pruebas presentado en fecha 4 de junio de 2015, por el ciudadano RAÚL ANTONIO AVENDAÑO GONZÁLEZ, debidamente asistido por el Abogado Ibrahin Quintero Silva, en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. Esta Corte declaró: 1. -Su COMPETENCIA para conocer del recurso ejercido; 2.- ORDENA acumular la presente causa con el asunto principal sometido al conocimiento de este Órgano Jurisdiccional, identificado con la nomenclatura alfanumérica AP42-R-2015-000948; 3.- ORDENA el cierre informático de la presente causa.