En el recurso de apelación interpuesto por el Apoderado Judicial del Servico Autónomo Hospital Universitario de Maracaibo, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia de fecha 26 de mayo de 2009, por medio de la cual se declaró Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano Ender Enrique Castillo Atencio contra el mencionado Servicio Autónomo, esta Corte dictó Auto por medio de la cual ORDENA al Servicio Autónomo Hospital Universitario de Maracaibo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, remita a esta Corte en el lapso de diez (10) días de despacho, más ocho (8) días continuos correspondientes al término de la distancia, contados a partir de la notificación del presente auto, copia certificada de la totalidad del expediente administrativo.