Esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaró: Su COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el Abogado Raúl Guillermo Cuartin Sánchez, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil SALÓN DE DIVERSIONES PREMIER, C.A., del ciudadano JOSÉ AVELINO GONCALVES, titular de la cédula de identidad Nº 20.802.930, contra el procedimiento administrativo de fecha 11 de enero de 2011 y el acta de inspección Nº CNC/INAIL/2011/002 de fecha 17 de ese mismo mes y año, emanados de la COMISIÓN NACIONAL DE CASINOS, SALAS DE BINGO Y MÁQUINAS TRAGANÍQUELES. IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado. ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que se pronuncie acerca de la admisión de la presente causa