En el recurso de apelación interpuesto por el Apoderado Judicial del Consejo Legislativo del Estado Amazonas, contra el fallo dictado por el Tribunal Superior en lo Contencioso Asministrativo de la Región Amazonas de fecha 31 de julio de 2003, que declaró Con Lugar la querella interpuesta por el ciudadano OSCAR RIOBUENO, debidamente asistido por los Abogados Fredys Esqueda y Luis Machado, contra el acto administrativo Nº 001 de fecha 14 de diciembre de 2001, dictado por el Presidente del CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO AMAZONAS, esta Corte dictó auto por medio del cual ORDENÓ notificar al Presidente del Consejo Legislativo del estado Amazonas, a los fines de que acredite en autos si efectivamente, a la fecha de la presentación de la transacción, poseía la capacidad o facultad especial para transigir en la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.