esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: 1.- NO ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, para conocer en primer grado de jurisdicción de la demanda por cobro de bolívares vía intimación interpuesta por la sociedad mercantil BANCO AGRÍCOLA DE VENEZUELA, sociedad mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, el 10 de noviembre de 2005, bajo el Nº 15, Tomo 223-A-Sgdo, posteriormente modificados en fecha 27 de marzo de 2012, quedando registrado en el referido Registro bajo el Nº 4, Tomo 84-A Sdo y adscrito al Ministerio para el Poder Popular de Agricultura y Tierra (MPPAT), representada judicialmente por Larris Arcangel Escobar, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 141.968, contra la empresa CARNES SICILIA C.A., sociedad mercantil inscrit.....