En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer la consulta de ley prevista en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en concordancia con el artículo 36 de la Ley de Descentralización, Delimitación y Transferencia del poder Público, en razón de la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en fecha 15/12/2010, en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano MIGUEL ANGEL RANGEL, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, 2.- CONFIRMA la sentencia consultada y 3.- ORDENA la remisión del presente expediente judicial al Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario del estado Apure.