En el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la C.A CERVECERIA NACIONAL (BRAHMA), Sociedad Mercantil, contra SUPERINTENDENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA LIBRE COMPETENCIA (PROCOMPETENCIA), esta Corte declara: 1.- Su COMPETENCIA para conocer la inhibición presentada en fecha 11 de abril de 2012, por el Abogado Efrén Navarro, actuando con el carácter de Juez Presidente de esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativa. 2.- CON LUGAR la inhibición realizada en fecha 11 de abril de 2012, por el Abogado Efrén Navarro. 3.- ORDENA constituir la Corte Primera Accidental de lo Contencioso Administrativo, previa convocatoria del Juez Suplente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aplicable supletoriamente de conformidad con el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.