Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto, en fecha 5 de febrero de 2013, por el abogado Antonio García Ramos, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 34.329, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA AUXILIADORA PÁEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.944.557, contra el fallo dictado el día 29 de enero de 2012, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante el cual declaró parcialmente con lugar la querella funcionarial interpuesta contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA, por pago de diferencias de prestaciones sociales. 2.- DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte recurrente. 3.- En consecuencia, se declara FIRME la sentencia.