Decisiones del dia 05/06/2012
N° Expediente :
AP42-N-2010-000392
N° Sentencia :
2012-1005
Fecha: 05/06/2012
Procedimiento: Demanda De Nulidad
Partes: NESTLÉ VENEZUELA S.A. CONTRA EL INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS).
Resumen:
En el presente recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por los abogados Margarita Escudero León, Nelly Herrera Bond y Javier Roberto Jiménez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 45.205, 80.213 y 117.221, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil NESTLÉ VENEZUELA S.A, contra el acto administrativo dictado el 25 de julio de 2008 por el Consejo Directivo del INSTITUTO PARA LA DEFENSA Y EDUCACIÓN DEL CONSUMIDOR Y DEL USUARIO (INDECU), hoy día INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS); esta Corte emitió decisión mediante la cual declaró: 1. IMPROCEDENTE la solicitud de acumulación de la presente causa a la contenida en el expediente Nº AP42-N-2008-000106, solicitada por la apoderada judicial de la parte recurrente y, 2. Se ORDENA pasar el expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines que libre el cartel de emplazamiento a los terceros.
Juez/Ponente:
Alejandro Soto Villasmil
Organo:
Corte Segunda
N° Expediente :
AP42-R-2012-000425
N° Sentencia :
2012-1073
Fecha: 05/06/2012
Procedimiento: Demanda. Apelación.
Partes: SOCIEDAD DE AUTORES Y COMPOSITORES DE VENEZUELA (SACVEN) CONTRA LA CORPORACIÓN SOL 70.000, C.A. Y LA UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR.
Resumen:
Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 15 de marzo de 2012, por el abogado Massimiliano Tognini, , actuando como apoderado judicial de la SOCIEDAD DE AUTORES Y COMPOSITORES DE VENEZUELA (SACVEN), contra la sentencia de fecha 22 de febrero de 2012 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital que declaro inadmisible la demanda interpuesta ;2.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido; 3.- ANULA el fallo apelado,en virtud de que la Jurisdicción Contencioso Administrativa NO ES COMPETENTE para conocer el fondo 4.- En consecuencia, plantea el conflicto negativo de competencia y ORDENA la remisión del presente expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que ésta resuelva el conflicto de competencia.
Juez/Ponente:
Alejandro Soto Villasmil
Organo:
Corte Segunda